¿Obstrucción a la información? No, gracias

Nos vendieron eso de una ‘democracia plena’ . Nos lo creímos y dejamos de pedir explicaciones a nuestros gobernantes en Europa, en España, en nuestra Comunitat y en nuestro pueblo.

¿Es demócrata nuestro Ayuntamiento?

Bueno, al menos es producto de una regla democrática: cada cuatro años se vota y quien tiene mayoría gobierna.

Vale, vale …. pero, ¿‘es’ demócrata?

Para no complicarnos la vida con argumentos filosóficos, podemos estar de acuerdo en que ‘una práctica democrática’ es hacer que una mayoría de gente ‘participe en los asuntos públicos’. Tampoco empezaremos a citar leyes en las que se reconozca y se exija esa particiación. De hecho, lo recordamos, la propia alcaldesa termina así su Saluda:

“… vamos a poner todo nuestro empeño en hacer de nuestro pueblo, un lugar más justo y solidario , donde la participación ciudadana sea el eje principal de nuestro gobierno”.

Nos ha servido de mucho el asunto de las energías renovables porque nos ha mostrado hasta qué punto el Ayuntamiento iba por un lado y los derechos de la ciudadanía sieteagüense por otro.

Si el distanciar los Plenos en dos meses ya nos indicaba las intenciones de ir anulando los escasos medios por los que se podía interpelar al equipo de gobierno municipal, ahora, además, está modificando el Reglamento Orgánico Municipal aplicando el principio de ‘tengo la mayoría absoluta, luego te callas’.

Dicen: “estamos a disposición de cualquiera que quiera información y se pase por las oficinas del ayuntamiento” … Aquí se van a ver algunas triquiñuelas que usa el Ayuntamiento para saltarse esa regla y de qué manera quiere modificar el Reglamento municipal para justificarlo.

Primeros síntomas detectados

Para que se entienda esta nueva redacción del Reglamento, necesitamos hacer un poco de historia.

Cuando todavía vivíamos en la inocencia, nos enteramos de que había proyectos de instalación de energías renovables. Estaba a punto de finalizar el plazo de presentación de alegaciones a los proyectos de parques eólicos e, ingenuamente, solicitamos información al Ayuntamiento. El proyecto de la planta fotovoltaica también había sido tramitado meses antes sin haberlo explicado al pueblo.

No solo no nos dio información, sino que su respuesta fue de enfrentamiento y descalificación.

Averiguamos que no había hecho pública ninguna información sobre los proyectos hasta ese momento y seguía negándose a dar información. Solo convocó reunión informativa cuando ya había acabado el tiempo de alegaciones.

Tuvimos que pedir un Pleno extraordinario a través de la otra representación en el consistorio, el Partido Popular. Se celebró en enero de 2023 que solo sirvió para que pudieran insistir en sus posturas tanto el PSOE que ostentaba la mayoría como el PP. (Acta del Pleno extraordinario de 12-enero-2023)

Y como ya hemos visto en otras ocasiones, para el Ayuntamiento ‘la responsabilidad es de las otras administraciones’, sea la Diputación o la Conselleria, ‘el Ayuntamiento nunca tiene responsabilidad’. Pero averiguamos que incumplió la ley al no publicar el proyecto para información pública antes de que se tramitara.

Todo el proceso dejó claro que el consistorio, sistemáticamente, se salta toda labor de fomento de participación de la ciudadanía, como es su obligación.

Supresión de la información sobre ‘correspondencia ordinaria’ en los plenos

Resulta bastante saludable que se revise esta correspondencia en los plenos puesto que sirve para enterarse de muchas gestiones que pueden interesar.

Dos ejemplos:

nos pudimos enterar de una sanción de la Conselleria de Sanidad por la contaminación de aguas en El Reatillo

NO nos pudimos enterar de cuándo comunicó la Diputación la publicación del proyecto del carril ciclo-peatonal que iba a expropiar varias propiedades

Es verdad que no tiene obligación, pero habrá que reconocer que no es fácil para la gente acceder a esa información y máxime si no hay representación de varios partidos a los que recurrir según la afinidad que se tenga … osea, ¿cómo vas a pedir información a alguien que represente una opción política a la que tú no has votado y con la que no estás de acuerdo? o ¿cómo te puede informar alguien a quien has votado pero que no tiene representación?

En fin, que no solo es saludable, sino que es una buena práctica.

Pues bien, en el Pleno de 25 de noviembre de 2022, la representante del grupo popular interpela a la Alcaldesa manifestando sus dudas sobre los escritos seleccionados de la correspondencia que se llevan al Pleno, tal como se recoge en el párrafo extraído del acta:

Y la Alcaldesa, en lugar de aceptar esa crítica y presentar la información veraz correspondiente . ¿qué hace? … pues que se enfada y, en el siguiente Pleno elimina la posibilidad de que nos enteremos. A partir de enero de 2023, queda suprimida esa información en los plenos


copia del acta de 27 de enero de 2023.

¿Y qué pasa con el Reglamento?

Pues que el Ayuntamiento lo lleva incumpliendo más de un año. Y en lugar de haber seguido informando de esa correspondencia que recibe el consistorio, como su propio reglamento le obliga, su sensibilidad dolida queda por encima del derecho a la información y se niega a presentarla en los plenos.


Copia de la parte del Reglamento que obliga a informar en el Pleno

Entre ese Pleno y el de 31 de enero pasado, en todos, por una causa u otra, por un partido u otro de la oposición se le ha afeado al ayuntamiento su falta de información.

En ese último Pleno mencionado cuyo vídeo se puede ver (a partir de minuto 1:47:00) , se hacen varias referencias al Reglamento.

Por una parte la Alcaldesa, que no contesta a una interviniente del público, le dice en varias ocasiones que presente la pregunta por escrito a lo que la persona del público contesta que según el artículo sesenta del Reglamento, el ayuntamiento está obligado a contestar sin que tenga que presentar la pregunta por registro.

Aquí está el artículo mencionado:

Por otra, el Concejal de Patrimonio, se dirige a la misma persona del público para indicarle que durante las intervenciones de los concejales tampoco se respeta la duración de sus intervenciones tal y como se indican en el Reglamento.

¿Y qué hace el Ayuntamiento? … Pues que como no se puede consentir que las intervenciones de la oposición se alarguen más de lo conveniente y que se tenga la obligación de contestar las preguntas que no puedan ser respondidas en el turno del público después de los plenos … pues, eso, lo cambiamos que para eso tenemos mayoría absoluta.

Dicho y hecho, a finales de febrero preparan un nuevo texto para el Reglamento. No incluyen su debate en el siguiente Pleno para valorar las propuestas de modificación.

En marcha la triquiñuela del tiempo: un mes para decir que tienen que ‘valorar’ las modificacionesdos meses más para el siguiente Pleno sin haber aceptado apenas ninguna modificación a ‘su propuesta’.

¿Qué cambios propone el Ayuntamiento?

Ninguno en cuanto a los relacionados con el aumento de tiempo de intervención de los partidos de la oposición. El ayuntamiento no quiere aceptar el aumento de 5 a 10 minutos.

Y también quiere eliminar aquello de que se tuviera que contestar a las preguntas del público no respondidas en pleno. El Ayuntamiento quiere obligar a presentar las preguntas por escrito … ¿por mera formalidad? … no, porque así puede demorar, como viene haciendo habitualmente, su respuesta.

¿Qué propuestas no acepta el Ayuntamiento?

– La ciudadanía tiene el derecho a obtener de su ayuntamiento el compromiso de que le responda a sus consultas. Al obligar a presentarlas por escrito si no son contestadas en el Pleno puede alargar indefinidamente en el tiempo la respuesta, práctica habitual de este consistorio que obliga a quien solicita respuesta a reclamar ante el Síndic de Greuges o Transparencia.

– Se propone que el ayuntamiento se comprometa a elaborar una memoria anual de las quejas y sugerencias que presente la ciudadanía. ¿Por qué, siendo un ejercicio de transparencia, no lo acepta? ¿Quizás así el pueblo sabría qué contesta y qué no? ¿Quizás así el pueblo sabría que les preocupa como ciudadanía y qué no?

Se propone igualmente la publicación del régimen de concesión de subvenciones. Al no aceptar esta buena práctica de transparencia, quizás el Ayuntamiento quiera hacer pensar que, con pleitesía, el Ayuntamiento será más espléndido.

– Por último se proponen una serie de medidas para que los diferentes núcleos de población sean ‘consultados’ para aquellas decisiones que les afectan. La realidad es que Siete Aguas es algo más que el núcleo urbano, que existen otros (El Reatillo, Ventamina, Ventaquemada, urbanización El Cerro, urbanización La Loma, urbanización La Plana, urbanización La Buitrera), cada uno de ellos con problemática específica y deberían ser consultados. No se propone que sus opiniones sean vinculantes, sino que sean ‘simplemente consultados’

El Ayuntamiento repetirá una y mil veces que el despacho de la Alcaldesa está abierto a cualquier sugerencia, pero lo cierto es que, en la práctica no es así, como ya hemos visto en diferentes ocasiones.

¿Es demócrata nuestro actual Ayuntamiento?

Era la pregunta que nos hacíamos al principio y es la pregunta que individual y colectivamente nos deberíamos responder a la vista de los argumentos anteriores y de nuestra experiencia directa particular.

Aún tiene la oportunidad de demostrar que lo es con la redacción definitiva del Reglamento que quiere modificar.

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